
Las operaciones de arrendamiento financiero o leasing son un instrumento de financiación de bienes muebles o inmuebles que consiste en la cesión, por parte de la empresa propietaria del bien (la sociedad de leasing), de los derechos de uso de este bien a la empresa contratante del leasing durante un período de tiempo pactado a cambio de una cuota de arrendamiento.
El contrato de leasing debe incluir obligatoriamente una opción de compra del bien que la empresa puede ejercer una vez finalizado el período de arrendamiento establecido. En caso de que no le interese adquirir la propiedad del bien la empresa no ejercerá la opción de compra y lo devolverá a la entidad de leasing o renovará el contrato de alquiler. Habitualmente, cuando se contrata un leasing, el objetivo es adquirir el bien mediante la ejecución de la opción de compra.
Es por este motivo que la finalidad principal del leasing suele ser la de obtener financiación para acabar adquiriendo el bien.
Dadas las características fiscales de este tipo de contrato, el leasing es un instrumento interesante para aquellos casos en que la empresa desee ejercer la opción de compra. Se trata, pues, de un instrumento adecuado para financiar a medio y largo plazo la adquisición de bienes materiales por parte de las empresas.
Hay que destacar que las ventajas fiscales que rigen los contratos de leasing sólo son aplicables cuando el bien objeto del contrato se destina al desarrollo de una actividad empresarial o profesional, dado que este es el objetivo de la adquisición del bien.
Ventajas:
Inconvenientes:
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